El Ministro de la Exposición de la Santísima Eucaristía

 
El Ritual de la Sagrada Comunión y del culto a la Eucaristía fuera de la Misa, en sus Praenotanda (números 91 y 92) dejan muy claro a quien corresponde la exposición del Santísimo.

Así, se dice que el ministro ordinario de la exposición del Santísimo Sacramento es el sacerdote o el diácono, que al final de la adoración, antes de reservar el Sacramento, bendice al pueblo con el mismo Sacramento.

Ahora bien, esta exposición no es tarea exclusiva de los ministros ordenados. En ausencia del sacerdote o diácono, o legítimamente impedidos, también pueden exponer públicamente la Santísima Eucaristía a la adoración de los fieles y reservarla después otros ministros laicos, por este orden:
  • En primer lugar el acólito instituido y el ministro extraordinario de la sagrada comunión, debidamente autorizado.
  • También pueden hacerlo algún miembro de las comunidades religiosas y de las asociaciones piadosas laicales, de varones o mujeres, dedicadas a la adoración eucarística, designados por el Ordinario del lugar.
Así pues, un religioso o una religiosa pueden hacer la exposición en la capilla de su comunidad u otro lugar sagrado. Puede ser pues hombre o mujer.

Todos los citados pueden hacer la exposición abriendo el sagrario, o también, si se juzga oportuno, poniendo el copón sobre el altar o bien poniendo la hostia en la custodia (qué son las tres variedades que presenta la adoración al Santísimo además de la reserva).

Cuando termine el tiempo de la adoración el ministro que lo ha expuesto guarda el Sacramento en el sagrario.

Muy importante: A los ministros no ordenados, o sea, los laicos o religiosos no ordenados no les es lícito dar la bendición con el Santísimo Sacramento. Así pues no pueden bendecir al pueblo, tarea reservada a los ministros ordenados.

En cuanto a las vestiduras, el ministro, si es sacerdote o diácono, se reviste del alba (o la sobrepelliz sobre el traje talar) y de la estola de color blanco.

Para dar la bendición al final de la adoración, cuando se haga con la custodia, el sacerdote y el diácono se ponen además la capa pluvial y el paño de hombros de color blanco; pero si la bendición se da con el copón, basta con el paño de hombros.

Si se trata de otros ministros llevarán la vestidura litúrgica tradicional: el acólito el alba con cíngulo, el religioso o religiosa sus hábitos propios y los demás un vestido que sea decoroso y no desdiga del sagrado ministerio y que el Ordinario apruebe.

Ante el Santísimo Sacramento, bien reservado o bien en pública adoración sólo se hace genuflexión sencilla y que el altar tendrá cuatro o seis cirios de los usuales en la misa, o sea, blancos generalmente (no es preciso que sean rojos).
Finalmente, cuando la exposición es en la custodia se usa el incienso, mientras que si es en el copón su uso es optativo y habrá por lo menos dos cirios.

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